domingo, 9 de agosto de 2020

Intervienen a jóvenes en estado etílico y a medio centenar en domingo de inmovilización total

A pesar de que la inmovilización social es obligatoria todo el día domingo (toque de queda) en todo el departamentod e JUnín y en provincias como en Huancavelica, por que así lo dispone el Decreto Supremo 135-2020-PCM, decenas de personas vienen incumpliendo dicha medida por lo cual fueron intervenidos por efectivos policiales y del ejército en diversas distritos como son El Tambo y San Jerónimo en la provincia de Huancayo.

En San Jerónimo fueron intervenidos cerca de medio centenar de infractores, mientras que en el distrito de El Tambo, algunos jóvenes fueron intervenidos en estado etílico.  

Con Decreto Supremo 135-2020-PCM  se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional y se decretó CUARENTENA FOCALIZADA en los departamento de Junín, Arequipa, Ica, Huánuco y San Martín, así como en las provincias de Huancavelica y otros.

Además se limitó el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas decretándose que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente y el día domingo, la inmovilización social obligatoria es todo el día





La imagen puede contener: una o varias personas, personas de pie y exterior

sábado, 8 de agosto de 2020

Denuncian penalmente al alcalde de Huancayo por propagar CORONAVIRUS


Ante la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huancayo,  los regidores de la Municipalidad Provincial de Huancayo Luis Lazo Benavides, Moisés Pari Mendoza, Lariza Rojas Rojas y Paulo Cesar Beltrán, denunciaron penalmente al alcalde de Huancayo Juan Carlos Quispe Ledesma por haber cometido presuntamente el delito de Propagación de enfermedades peligrosas o contagiosas, Violación de medidas sanitarias y Contra la fe publica previstos en los artículos 289, 292 y 438 del Código Penal.

Según la denuncia el 24 de julio el alcalde dio positivo en una prueba rápida para coronavirus, pero es el caso que a sabiendas que era un portador del covid 19 lejos de cumplir con el aislamiento social y evitar de participar en todo tipo de concentración de personas, porque esta enfermedad se propaga de persona a persona con una persona infectada al toser , estornudar o hablar, el dfa 29 de julio de 2020 el denunciado e irresponsable alcalde participó de la Parada Militar por el CXCIX Aniversario de la Jura y Proclama de la Independencia Nacional del Peru, organizada por la 31 a Brigada de Infantería del Ejército Peruano; asimismo el denunciado a sabiendas de su mal estado de salud manteniendo un comportamiento de rebeldía y de ilicitud, desafiantemente el dia 04 de agosto de 2020 en pleno proceso de contagio violando todas las medidas de prevención y seguridad dispuestas por la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud, participo en la inauguración de la obra de pistas y veredas en el distrito de Sicaya ante la concurrencia de muchas personas,sin importarle el contagio que podía estar generando.

Sobre el delito de propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa los entendidos señalan que Si una persona propaga el COVID-19 (o una enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud), conociendo que es portador de la misma, comete el delito de propagación de enfermedades peligrosas o contagiosas (art. 289 del CP), que es reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de diez años. La sanción podrá intensificarse a no menos de diez ni más de veinte años de pena privativa de libertad, si de resultasen lesiones graves para la salud o la muerte de una persona, y el agente pudo prever aquel resultado. Este es el caso del Alcalde Quispe Ledesma y se espera que la Fiscalía actue de inmediato y proceda conforme a ley, dijo Lariza Rojas.
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